Por Camila Rua
En Colombia, la industria de la moda representa el 9,4% del PIB industrial y genera alrededor de 600 mil empleos en el país, de acuerdo con ProColombia. Sin embargo, también es cierto que las condiciones laborales en la industria de la moda mundial no son las mejores, y Colombia no es la excepción. Por eso, la reforma laboral sancionada este junio implicaría un cambio en las dinámicas actuales de empleo en la industria de la moda colombiana, que busca dignificar las labores.
La nueva reforma laboral, sancionada el 25 de junio de 2025 a través de la Ley 2466, presenta cambios que regulan diferentes aspectos, como el teletrabajo, la jornada laboral, las modalidades de contratación y las horas extra. Uno de los cambios más impactantes para el sistema moda colombiano serían las nuevas legislaciones respecto a las modalidades de contratación. En estas, se prefiere la contratación a término indefinido, mientras que los contratos fijos no deben ser mayores a tres al año, ni tampoco celebrarse por más de cuatro años, y los contratos por obra o labor deben realizarse por escrito, y su duración no podrá superar el tiempo descrito en el mismo.
Según la Encuesta Anual Manufacturera del 2023, en la que el DANE encuestó a aproximadamente mil empresas de las agrupaciones industriales del textil, confección, calzado y curtiembre, cerca del 38% del personal ocupado es personal remunerado temporal que tiene contratos fijos o por obra o labor, mientras que el 47% corresponde al personal remunerado permanente con contratos indefinidos. En esa medida, más de la mitad de los trabajadores de esta industria no cuentan con contratación a término indefinido; por lo tanto, a partir de estos cambios legislativos, las empresas textiles deberán reorganizar sus dinámicas de trabajo y empleo.
De manera similar ocurre con la duración de la jornada laboral y la cantidad de horas extras permitidas. La reforma indica que la duración máxima de la jornada ordinaria es de 8 horas al día, y a la semana, el máximo es de 42 horas. Al mismo tiempo, el artículo 13 de la Ley 2466 de 2025 señala que: «En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales».
Si bien actualmente no se encuentran datos oficiales sobre la cantidad de horas trabajadas en la industria textil, investigaciones independientes como Las confesiones de las confecciones: condiciones laborales y de vida de las confeccionistas de Medellín, de la autora Karina Camacho, sí registran las condiciones laborales y la cantidad de horas trabajadas en la industria. Lo mencionado anteriormente se refleja en la siguiente cita: «las entrevistas realizadas dan cuenta de que estas pueden doblar la jornada laboral legal, es decir, llegar a dieciséis horas diarias, esto en el caso de las operarias».
Incluso en un trabajo posterior de la misma autora titulado Dominación económica, laboral, y de género en la maquila de confecciones de tres grandes empresas de Medellín afirma que: “En primer término las largas jornadas de trabajo a las que son expuestas las trabajadoras de los talleres maquiladores se interpretan como una forma de trabajo forzoso en la medida en que no se realiza de forma voluntaria ni con la contraprestación económica que en una relación laboral supondría el pago de horas extras, sino que obedecen a la imposición de la lógica en los tiempos de entrega del producto”.
Teniendo en cuenta las investigaciones anteriores, la industria textil y de las confecciones incumple en gran medida, tanto la legislación anterior como la nueva reforma en la duración de la jornada.
Es cierto que las irregularidades mencionadas anteriormente no son únicas del sistema de moda colombiano, sino que están presentes en todo el mundo. Por eso, los avances en la regulación del trabajo en Colombia son un paso necesario para hacer del sistema moda mundial y colombiano uno más justo y sostenible.



